¿Cómo puedo prevenir la publicidad engañosa por parte de la competencia?
Pregunta
¿Cuáles son los mecanismos legales para prevenir la publicidad engañosa por parte de la competencia? ¿Qué debe tener en cuenta una empresa para evitar incurrir en publicidad engañosa? ¿Qué medidas se deben tomar para prevenir la publicidad engañosa?
Respuesta ( 1 )
La publicidad engañosa es una práctica ilegal en España, regulada por la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. Esta ley establece que la publicidad debe ser veraz, leal y no engañosa.
Para prevenir la publicidad engañosa, una empresa debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
1. Asegurarse de que la publicidad sea veraz, es decir, que no contenga información falsa o inexacta.
2. Asegurarse de que la publicidad sea leal, es decir, que no induzca a error al público ni sea desleal con la competencia.
3. Asegurarse de que la publicidad sea honesta, es decir, que no sea engañosa ni abusiva.
4. Asegurarse de que la publicidad no contenga afirmaciones o promesas que no se puedan cumplir.
5. Asegurarse de que la publicidad no contenga afirmaciones o promesas que no sean verificables.
6. Asegurarse de que la publicidad no contenga afirmaciones o promesas que sean exageradas o excesivas.
7. Asegurarse de que la publicidad no contenga afirmaciones o promesas que sean engañosas o que induzcan a error al público.
8. Asegurarse de que la publicidad no contenga afirmaciones o promesas que sean abusivas o que sean contrarias a la ley.
Además, la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, establece que las empresas deben tener en cuenta los siguientes principios:
1. La publicidad debe ser veraz, leal y no engañosa.
2. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos del producto o servicio.
3. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos del público al que se dirige.
4. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos del medio en el que se difunde.
5. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos del lugar en el que se difunde.
6. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos del momento en el que se difunde.
7. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
8. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
9. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
10. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
11. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
12. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
13. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de la actividad a la que se refiere.
14. La publicidad debe ser adecuada a la naturaleza, características y usos de