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Bajas cortas e intermitentes: el Constitucional las confirma como causa de despido objetivo

Bajas cortas e intermitentes: el Constitucional las confirma como causa de despido objetivo

Una de las causas de despido objetivo más comunes en el ámbito laboral es la baja médica del trabajador. Sin embargo, existe cierta controversia sobre la validez de las bajas cortas e intermitentes como motivos para despedir a un empleado. Recientemente, el Juzgado de lo Social nº 26 de Barcelona solicitó al Tribunal Constitucional que se declarase inconstitucional la figura del despido objetivo por este tipo de bajas. La respuesta del Tribunal ha sido contundente: las bajas cortas e intermitentes pueden ser causa de despido objetivo.

¿Qué significa esto en la práctica? ¿Cómo afecta a los trabajadores? ¿Qué consecuencias pueden tener para las empresas? En este artículo, analizaremos en detalle esta importante resolución del Tribunal Constitucional y su impacto en el mundo laboral.

El origen de la controversia

La figura del despido objetivo por bajas cortas e intermitentes está recogida en el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, que establece como causa de despido objetivo la ineptitud sobrevenida del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. Esta norma ha sido objeto de diversas interpretaciones por parte de los tribunales, generando cierta polémica y dando lugar a diferentes sentencias contradictorias.

El Juzgado de lo Social nº 26 de Barcelona consideró que la figura del despido objetivo por bajas cortas e intermitentes vulneraba los derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente el derecho a la salud y el derecho al trabajo, reconocidos en la Constitución Española. Por ello, decidió elevar la cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional para que dictaminase si esta norma era compatible con la Carta Magna.

La respuesta del Tribunal Constitucional

En abril de 2021, el Tribunal Constitucional emitió su sentencia sobre este asunto, en la que resolvió la cuestión planteada por el Juzgado de lo Social nº26 de Barcelona. La respuesta fue clara y contundente: las bajas cortas e intermitentes pueden ser causa de despido objetivo, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

¿Cuáles son esos requisitos? En primer lugar, es necesario que las bajas médicas sean de corta duración y se produzcan con una cierta frecuencia, lo que implica que afecten de manera reiterada al normal desarrollo de la actividad laboral. Además, es preciso que esas ausencias del trabajador ocasionen un perjuicio real y efectivo en el funcionamiento de la empresa, que puede ser económico, organizativo o de cualquier otra índole.

El Tribunal Constitucional aclara también que el despido objetivo por bajas cortas e intermitentes no afecta a situaciones de enfermedad grave o discapacidades permanentes, ya que en esos casos se aplican otras normas y medidas de protección.

¿Qué implica esta sentencia?

Esta sentencia del Tribunal Constitucional no supone un cambio radical en la regulación de los despidos objetivos, sino que simplemente clarifica y confirma la validez de esta figura en determinadas situaciones. Sin embargo, sí que tiene importantes implicaciones para las empresas y trabajadores.

En primer lugar, es un respaldo a la capacidad de las empresas para despedir a un trabajador que, por sus constantes bajas, afecte al normal funcionamiento de la empresa. Esto puede ser especialmente relevante en empresas pequeñas o con un reducido número de empleados, ya que la ausencia de uno de ellos puede tener un impacto significativo en la actividad de la compañía.

Por otra parte, esta sentencia supone un aviso a los trabajadores para que excedan el uso de las bajas médicas, ya que podrían poner en riesgo su puesto de trabajo si su ausencia perjudica gravemente a la empresa. Es importante recordar que el derecho a la salud y el derecho al trabajo son igualmente importantes y deben ser equilibrados.

Recomendaciones para trabajadores y empresas

Para los trabajadores, es importante seguir las recomendaciones médicas y utilizar las bajas médicas de manera honesta y responsable. Si existe un motivo real para estar de baja, no debería preocuparse por un posible despido objetivo. Sin embargo, si las ausencias del trabajador son frecuentes y de corta duración, es importante hablar con la empresa y buscar alternativas para no afectar al normal funcionamiento de la misma.

Por su parte, las empresas deben ser conscientes de que el despido objetivo por bajas cortas e intermitentes no es una medida fácil de aplicar y debe justificarse adecuadamente. Además, es recomendable contar con un protocolo claro y transparente para gestionar estas situaciones y evitar posibles conflictos laborales.

En resumen, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre el despido objetivo por bajas cortas e intermitentes confirma su validez como medida para preservar el correcto funcionamiento de la empresa. Sin embargo, es importante tener en cuenta los requisitos establecidos por el Tribunal y actuar de manera justa y equilibrada en cada situación particular. La salud y el trabajo son derechos fundamentales que deben ser protegidos y equilibrados de manera adecuada.

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Comentarios ( 6 )

  1. ¿No es exagerado despedir a alguien por bajas cortas? ¡Todos merecemos un respiro!

  2. Karola Rodrigues
    09/02/2024 en 4:28 PM

    ¡Qué exageración! ¿En serio despedir por usar bajas cortas e intermitentes? Ridículo total.

    • ¡Parece que no has trabajado nunca en una empresa seria! Las normas son para cumplirlas, punto. Si no respetas las políticas de la empresa, no te quejes si te despiden. Así de simple. Aprende a seguir las reglas o busca otro trabajo.

  3. ¡Esto es una locura! ¿En serio despedir por bajas cortas e intermitentes? Absurdo total.

    • ¿Locura? ¡No lo creo! Las bajas cortas e intermitentes pueden afectar la productividad de una empresa. Es comprensible que se tomen medidas para garantizar un ambiente laboral eficiente. A veces, hay que priorizar el bienestar de la empresa. ¡Piénsalo!

  4. ¿Y si las bajas cortas son solo excusas para despedir? ¡Es hora de investigar!

    • No siempre es fácil distinguir entre una baja legítima y una excusa. Pero si hay sospechas de despidos injustos, definitivamente se debe investigar a fondo. La transparencia y la justicia laboral son fundamentales. ¡No permitamos abusos en el lugar de trabajo!

  5. ¿Y si las bajas cortas e intermitentes son solo excusas para despedir a la gente?

    • ¡Qué cinismo! Las bajas cortas e intermitentes son reales y necesarias para la salud mental de los trabajadores. Si una empresa despide a la gente por eso, demuestra su falta de humanidad y compromiso. Mejor buscar un empleador que valore a su personal.

  6. ¡Esto es una locura! Las bajas cortas no deberían ser motivo de despido. ¡Injusticia total!

    • ¡Si no puedes cumplir con tu trabajo, alguien más lo hará! Las bajas cortas afectan la productividad. Las empresas necesitan empleados comprometidos. ¡La responsabilidad es clave en el trabajo! ¡Acepta las consecuencias o mejora tu desempeño!

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