Devolución garantizada: Régimen de cantidades a reembolsar por bancos y avalistas según Ley 57/68
Introducción:
El régimen de devolución garantizada establecido por la Ley 57/68 es una medida de protección a los compradores de vivienda en construcción en caso de que la obra no se lleve a término o no cumpla con las condiciones estipuladas en el contrato. En este artículo, nos centraremos en el concepto de cantidades a reembolsar y en cómo bancos y avalistas se ven implicados en esta devolución garantizada.
¿Qué son las cantidades a reembolsar según la Ley 57/68?
Las cantidades a reembolsar son aquellas entregadas por el comprador al promotor inmobiliario en concepto de anticipo del precio de la vivienda sobre plano. Estas cantidades, destinadas a la construcción de la vivienda, están protegidas por la Ley 57/68 en caso de que la construcción no se lleve a término o no cumpla con las condiciones acordadas en el contrato.
Responsabilidad de los bancos como entidades garantes
Según el artículo 1.2 de la Ley 57/68, los bancos o entidades financieras que acepten la entrega de cantidades a cuenta por parte del comprador, se convierten en entidades garantes de la devolución de dichas cantidades en caso de incumplimiento por parte del promotor.
Por tanto, en caso de que la obra no se lleve a término o no cumpla con las condiciones estipuladas en el contrato, será responsabilidad de la entidad garante el reembolso de las cantidades entregadas por el comprador. Esto supone una garantía adicional para el comprador, ya que en caso de problemas con el promotor, podrá reclamar la devolución de su dinero al banco o entidad financiera correspondiente.
Responsabilidad de los avalistas en la devolución garantizada
Además de los bancos, la Ley 57/68 establece que también pueden actuar como avalistas en la devolución garantizada los promotores, construidores, arquitectos, técnicos y, en general, cualquier persona física o jurídica que intervenga en la construcción y promoción de la vivienda.
En este sentido, los avalistas se comprometen a garantizar la devolución de las cantidades entregadas por el comprador en caso de incumplimiento del contrato de compraventa. Por tanto, en caso de que la obra no se finalice o no cumpla con las condiciones estipuladas, el comprador podrá reclamar la devolución de su dinero al avalista correspondiente.
¿Qué cantidades están cubiertas por la devolución garantizada?
Según la Ley 57/68, las cantidades entregadas en concepto de anticipos en la compra de una vivienda en construcción están protegidas por la devolución garantizada. Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo se cubren aquellas cantidades que estén debidamente justificadas y que estén relacionadas directamente con la construcción de la vivienda.
Por tanto, cualquier cantidad que haya sido entregada en concepto de pagos por obras no realizadas o por extras no contemplados en el contrato, no estará cubierta por la devolución garantizada. Asimismo, también queda excluida cualquier cantidad entregada como penalización por incumplimiento del comprador.
Reclamación de las cantidades a reembolsar
En caso de que el promotor no cumpla con sus obligaciones y la obra no se finalice o no cumpla con las condiciones establecidas, es responsabilidad del comprador reclamar la devolución de sus cantidades entregadas. Para ello, deberá presentar una reclamación en la que se justifique el incumplimiento y las cantidades a reembolsar, así como toda la documentación que respalde su reclamación.
Conclusión
En resumen, la Ley 57/68 establece un régimen de devolución garantizada para proteger a los compradores de vivienda en construcción en caso de incumplimiento por parte del promotor. En este sentido, los bancos y avalistas actúan como garantes de la devolución de las cantidades entregadas en concepto de anticipos en la compra de la vivienda. Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo se cubrirán aquellas cantidades debidamente justificadas y relacionadas directamente con la construcción de la vivienda. En caso de problemas con el promotor, el comprador podrá reclamar la devolución de sus cantidades a reembolsar, siempre y cuando presente la documentación necesaria que respalde su reclamación.
Comentarios ( 8 )
¡Estoy en desacuerdo! Los bancos y avalistas no deberían devolver nada. ¡Es injusto! ¡Viva la polémica!
No estoy de acuerdo contigo. Los bancos y avalistas deben asumir su responsabilidad. No es justo que otros paguen por sus errores. La polémica está bien, pero la justicia debe prevalecer. ¡Reflexiona!
¿Por qué los bancos deben devolver el dinero? ¡Es una locura! ¡Que se queden con él!
¡Claro que deben devolver el dinero! ¡Es el dinero de la gente, no de los bancos! No hay excusa para quedarse con lo que no les pertenece. ¡Defendamos nuestros derechos como consumidores!
¡La devolución garantizada es un robo! Los bancos siempre salen ganando, ¡qué injusticia!
¡Parece que alguien no lee la letra pequeña! La devolución garantizada es una protección para los consumidores. Si no estás satisfecho, al menos tienes la opción de recuperar tu dinero. No culpes a los bancos por ofrecer un servicio que beneficia a los clientes.
¡Esto es injusto! Los bancos deben ser responsables de devolver todo el dinero. ¡Qué abuso!
Entiendo tu frustración, pero también es importante recordar que la responsabilidad financiera es bilateral. Es fundamental leer y comprender los términos antes de firmar un contrato. La educación financiera es clave para evitar abusos. ¡Ánimo!
¡Esto es un robo descarado! Los bancos siempre salen ganando, ¡qué injusto!
Parece que alguien está despertando. Así es, los bancos se aprovechan de todos nosotros. ¡Es hora de despertar y luchar contra esta injusticia! Juntos podemos hacer una diferencia. ¡No te rindas!
¿Y si los bancos fueran los verdaderos beneficiados en esta devolución garantizada? 🤔
Claro que los bancos se benefician, siempre lo hacen. ¿Pero acaso esperábamos algo diferente? Siempre salen ganando. Lo importante es asegurarnos de que también los consumidores obtengan un trato justo en este tipo de acuerdos. ¡No dejemos que nos tomen el pelo!
¡Qué exageración! Los bancos no deberían devolver nada, ¡es un negocio al fin y al cabo!
¡Vaya mentalidad egoísta! Los bancos no son intocables, ¡también deben responsabilizarse por sus acciones! Los clientes merecen honestidad y transparencia, no ser explotados en nombre del lucro. ¡Abran los ojos!
¡Creo que los bancos deberían pagar más en reembolsos! ¡Es una locura! 🤯