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Legislación del Fondo de Garantía Salarial en Empresas en Concurso: ¿Qué se debe saber sobre el Devengo de Prestaciones?

Legislación del Fondo de Garantía Salarial en Empresas en Concurso: ¿Qué se debe saber sobre el Devengo de Prestaciones?

Legislación del Fondo de Garantía Salarial en Empresas en Concurso: ¿Qué se debe saber sobre el Devengo de Prestaciones?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo encargado de garantizar el pago de ciertas indemnizaciones y salarios pendientes a los trabajadores en caso de insolvencia o concurso de acreedores por parte de la empresa. Sin embargo, en estos casos, es importante conocer la legislación aplicable al devengo de prestaciones del FOGASA para garantizar que los trabajadores reciban el pago correspondiente a sus derechos laborales.

En este sentido, el Tribunal Supremo ha tenido que reiterar (Sentencia de 11 de septiembre de 2019) la doctrina aplicable a la determinación del régimen legal del FOGASA en la devolución de las prestaciones, con el fin de aclarar dudas sobre su interpretación y aplicación.

¿Qué establece la normativa laboral sobre las prestaciones del FOGASA?

La normativa laboral vigente establece que el FOGASA debe garantizar el pago de las indemnizaciones por despido, salarios pendientes de pago y otras prestaciones sociales en caso de insolvencia del empleador. Sin embargo, es importante destacar que estas prestaciones solo se devengan a partir de la fecha de declaración del concurso, es decir, desde el momento en que la empresa entra en situación de insolvencia.

No obstante, en el caso de las prestaciones por despido, el devengo se produce en el momento en que se produce el despido efectivo, ya que se trata de una obligación del empleador que no puede ser abonada por el FOGASA en caso de insolvencia. Esto significa que, aunque el trabajador tenga derecho a recibir dicha indemnización, debe esperar a que se declare el concurso de la empresa para solicitar su pago al FOGASA.

¿Qué se considera como salario para el devengo de prestaciones del FOGASA?

Es importante destacar que el concepto de salario para el devengo de prestaciones del FOGASA es más amplio que el establecido en el Estatuto de los Trabajadores. De acuerdo con la normativa, se entiende como salario todo aquello que el trabajador tiene derecho a percibir en virtud de su relación laboral, incluyendo sueldo, pagas extras, horas extras, comisiones, indemnizaciones por despido, etc.

Además, se consideran igualmente como salario las prestaciones de la Seguridad Social que tienen su origen en situaciones como maternidad, paternidad, accidentes laborales, entre otros. De igual manera, se incluyen en el devengo las cantidades reconocidas por el FOGASA como prestaciones subsidiarias, que son aquellas que se otorgan en caso de insolvencia de la empresa.

¿Cuál es el plazo para reclamar al FOGASA las prestaciones devengadas?

En cuanto al plazo para reclamar las prestaciones devengadas, la normativa establece que el trabajador dispone de un año desde la fecha de declaración del concurso para solicitar su pago al FOGASA. Transcurrido este plazo, pierde el derecho a reclamar dichas prestaciones, por lo que es importante actuar con rapidez en caso de insolvencia de la empresa.

Es importante señalar que el plazo de un año se aplica únicamente a las prestaciones devengadas a partir de la fecha de declaración del concurso. En el caso de las indemnizaciones por despido, el trabajador dispone de un plazo de un año a partir de la fecha de despido para reclamar su pago al FOGASA.

¿Qué ocurre con las prestaciones devengadas antes de la fecha de declaración del concurso?

La doctrina establecida por el Tribunal Supremo es clara en este sentido: las prestaciones devengadas antes de la fecha de declaración del concurso no pueden ser abonadas por el FOGASA. Esto se debe a que el organismo solo asume las obligaciones pendientes de pago a partir de dicha fecha.

De esta forma, si un trabajador tiene pendiente el cobro de salarios o prestaciones anteriores a la declaración del concurso de su empresa, deberá reclamarlos directamente al empleador o, en su defecto, al administrador concursal.

Conclusión

En resumen, es fundamental conocer la legislación del Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia o concurso de acreedores de la empresa para garantizar el pago de las prestaciones devengadas. Es necesario tener en cuenta que el devengo de dichas prestaciones se produce a partir de la fecha de declaración del concurso, y que se consideran como salario tanto cantidades económicas como prestaciones de la Seguridad Social. Además, es importante actuar con rapidez y dentro del plazo establecido para evitar perder el derecho a reclamar las prestaciones devengadas. En caso de dudas, es recomendable consultar a un abogado laboralista que pueda orientar y asesorar en todo el proceso para garantizar los derechos de los trabajadores.

Acerca de Webyseo

Comentarios ( 6 )

  1. ¡El FOGASA es un laberinto de reglas! ¿Deberíamos simplificar este proceso? 🤔🤯

    • ¡Totalmente de acuerdo! El FOGASA necesita una revisión urgente para simplificar sus reglas y hacer el proceso más accesible para todos. ¡Es hora de facilitar en lugar de complicar! 💪🏼🔍

  2. ¡El FOGASA debe pagar incluso si la empresa es culpable! ¡Justicia para los trabajadores! ✊🏼

  3. ¡El FOGASA debería cubrir prestaciones sin límite de tiempo! ¡Justicia para los trabajadores! 🤔👊

  4. ¿Por qué el FOGASA no cubre todas las prestaciones? ¡Es injusto para los trabajadores!

    • El FOGASA no puede cubrir todas las prestaciones porque tiene limitaciones presupuestarias. Es mejor tener algo que nada. Agradece que existe para apoyar a los trabajadores en situaciones difíciles. La vida no siempre es justa, pero hay que adaptarse y seguir adelante. ¡Ánimo!

  5. ¡Deberían eliminar el FOGASA y dejar que las empresas se arreglen solas! ¡Menos burocracia!

  6. ¡El FOGASA es como una caja sorpresa, nunca sabes qué te tocará! 🎁🤔

    • Tamar De las Heras
      24/01/2024 en 5:03 PM

      ¡Totalmente de acuerdo! El FOGASA puede ser impredecible, pero al final del día es un alivio para muchos trabajadores. A veces toca menos de lo esperado, pero algo es algo. ¡A esperar lo que nos toque! 🎁👀

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