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Autónomos societarios ya pueden acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social

Autónomos societarios ya pueden acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social

Autónomos societarios ya pueden acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social

Recientemente la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS) se ha visto obligada a cambiar de criterio, por la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo (en adelante TS), permitiendo a los autónomos societarios acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social.

Esta noticia ha sido bien recibida por los autónomos societarios, ya que hasta ahora no podían disfrutar de los mismos beneficios que los autónomos persona física en materia de cotización a la Seguridad Social.

¿Qué es el régimen de autónomos societarios?

Antes de entrar en detalles sobre la tarifa plana de la Seguridad Social para autónomos societarios, es importante explicar brevemente en qué consiste este régimen.

Los autónomos societarios son aquellos que, a pesar de desarrollar su actividad igual que un autónomo persona física, están dados de alta como administradores en una sociedad mercantil. Esto significa que, a diferencia de los trabajadores por cuenta propia, no tienen responsabilidad ilimitada sobre las deudas de su actividad.

Anteriormente, estos autónomos societarios no podían acogerse a las mismas condiciones que los autónomos persona física en cuanto a las cotizaciones a la Seguridad Social, lo que se traducía en un mayor coste para ellos.

¿Qué es la tarifa plana de la Seguridad Social?

La tarifa plana de la Seguridad Social es un sistema de cotización implementado en 2013 por el Gobierno español para fomentar el emprendimiento y la creación de empleo. Consiste en una reducción del 80% en la cuota de autónomos durante los primeros 12 meses de actividad, seguida de una reducción del 50% durante los siguientes 6 meses.

Este beneficio se aplica a aquellos autónomos que no hayan estado dados de alta en la Seguridad Social en los 2 años anteriores y cuya base de cotización sea igual o inferior a la cuantía establecida cada año. También deben tener en cuenta que la tarifa plana solo se aplica a la cotización por contingencias comunes, no incluyendo las contingencias profesionales ni el cese de actividad.

Cambios en la jurisprudencia permiten a los autónomos societarios acceder a la tarifa plana

Hasta ahora, los autónomos societarios no podían acogerse a la tarifa plana de la Seguridad Social debido a un criterio de la TGSS que establecía que, al ser administradores de una sociedad mercantil, no podían ser considerados nuevos autónomos y, por lo tanto, no cumplían los requisitos para acceder a la tarifa plana.

Sin embargo, gracias a una sentencia del TS de enero de 2018, este criterio ha quedado revocado y ahora los autónomos societarios pueden beneficiarse de la tarifa plana si cumplen con los requisitos establecidos.

La sentencia del TS establece que la TGSS no puede interpretar de forma restrictiva los requisitos para acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social y que, al ser administrador de una sociedad mercantil, el autónomo societario sí puede considerarse un nuevo autónomo para estos efectos.

Consecuencias de este cambio para los autónomos societarios

Esta modificación de criterio por parte de la TGSS supone una gran ventaja para los autónomos societarios, ya que ahora podrán beneficiarse de las mismas condiciones que los autónomos persona física en cuanto a la tarifa plana de la Seguridad Social. Esto se traduce en un ahorro considerable en sus cotizaciones durante los primeros meses de actividad, lo que les permitirá invertir esos recursos en el crecimiento de su negocio.

Además, esta medida también promueve la igualdad de oportunidades entre los diferentes tipos de autónomos, eliminando la discriminación que existía anteriormente entre autónomos societarios y autónomos persona física.

Conclusión

La reciente modificación de criterio por parte de la TGSS, impulsada por la jurisprudencia del TS, permite a los autónomos societarios acceder a la tarifa plana de la Seguridad Social. Esto supone un gran avance para este colectivo, ya que podrán disfrutar de los mismos beneficios que los autónomos persona física en cuanto a cotización se refiere. Esta medida no solo favorece a los autónomos societarios, sino que también promueve la igualdad de oportunidades y fomenta el emprendimiento y la creación de empleo en nuestro país.

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Comentarios ( 3 )

  1. ¡Qué injusto! Los autónomos no societarios también deberían tener esa tarifa plana.

  2. ¡Esto es genial! Pero, ¿por qué solo los autónomos societarios? ¡Todos merecen la tarifa plana!

    • ¡Totalmente de acuerdo! Todos los trabajadores autónomos deberían tener acceso a la tarifa plana. Es injusto limitarla a los autónomos societarios. ¡La igualdad de oportunidades es fundamental para apoyar a todos los emprendedores! ¡Vamos a luchar por eso juntos!

  3. ¿Por qué los autónomos societarios tienen privilegios? Todos merecemos igualdad de oportunidades.

    • Los autónomos societarios no tienen privilegios, simplemente optan por una estructura empresarial distinta. Todos podemos tomar esa decisión si lo deseamos. La igualdad de oportunidades se logra con esfuerzo y elecciones inteligentes, no con envidia ni quejas. ¡A por tus metas!

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