¿Cómo puedo reclamar el reconocimiento de una unión de hecho?
Buenas tardes, me dirijo a ustedes con el fin de realizar una consulta legal sobre el reconocimiento de una unión de hecho. Me encuentro en una relación de convivencia estable con mi pareja desde hace varios años, y consideramos que nuestra relación cumple con los requisitos para ser considerada una unión de hecho. Sin embargo, desconocemos el procedimiento para solicitar su reconocimiento legal.
Por lo tanto, quisiera saber cuáles son los pasos a seguir para reclamar el reconocimiento de una unión de hecho, así como los documentos y requisitos necesarios para llevar a cabo este proceso. Además, agradecería si pudieran informarme sobre los plazos y costos asociados a esta gestión.
Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de su pronta respuesta.
Respuesta ( 1 )
Estimado usuario,
Gracias por contactarnos con respecto al reconocimiento de una unión de hecho. En España, el reconocimiento de una unión de hecho se rige por la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de regulación del régimen jurídico de las uniones de hecho. Esta ley establece los requisitos para que una unión de hecho sea reconocida legalmente.
En primer lugar, es necesario que la unión de hecho cumpla con los requisitos establecidos en la Ley 5/2011. Estos requisitos son:
Una vez que se haya cumplido con los requisitos anteriores, los miembros de la unión de hecho deben presentar una solicitud de reconocimiento ante el Registro Civil. Esta solicitud debe incluir los siguientes documentos:
Una vez presentada la solicitud, el Registro Civil tendrá un plazo de 15 días para emitir una resolución. Si la resolución es favorable, el reconocimiento de la unión de hecho tendrá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud. El coste de la solicitud es de 9,40€.
Esperamos haber respondido a su consulta. Si tiene alguna duda adicional, no dude en contactarnos de nuevo.
Atentamente,
Equipo de Asesoría Legal.