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La primera sentencia aplicando Rebus Sinc Stantibus por COVID-19: Un análisis en nuestro Podcast

La primera sentencia aplicando Rebus Sinc Stantibus por COVID-19: Un análisis en nuestro Podcast

La primera sentencia aplicando Rebus Sinc Stantibus por COVID-19: Un análisis en nuestro Podcast

La crisis sanitaria y económica generada por la pandemia de COVID-19 han afectado a todas las áreas de la sociedad, incluyendo el ámbito legal. En este contexto, ha surgido una figura poco conocida pero de gran importancia en el derecho contractual: la ‘Rebus Sinc Stantibus’. El abogado Ángel Seisdedos aborda en su podcast la primera sentencia que aplica esta doctrina en el contexto de la pandemia, lo que supone un hito en la jurisprudencia en España. A continuación, analizaremos en detalle este caso y su relevancia en la actualidad.

¿Qué es la ‘Rebus Sinc Stantibus’?

La ‘Rebus Sinc Stantibus’, de origen latino, significa “en tanto las cosas permanezcan en el mismo estado”. Se trata de una cláusula contractual implícita que establece que las obligaciones asumidas por las partes en un contrato se mantienen válidas siempre y cuando las circunstancias en las que se basó dicho contrato no cambien de manera sustancial. En caso contrario, se permite la revisión de las cláusulas contractuales para adaptarlas a la nueva realidad.

Esta figura tiene su base en el principio de buena fe en la contratación y su aplicación se justifica en situaciones extraordinarias e imprevisibles, como es el caso de la actual pandemia. Su finalidad es equilibrar las obligaciones asumidas por las partes en un contrato cuando existe un desequilibrio debido a cambios imprevisibles en el contexto en el que se firmó dicho contrato.

El caso que sentó precedente

La primera sentencia que aplica la ‘Rebus Sinc Stantibus’ por la COVID-19 fue dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid. En este caso, una empresa solicitó la revisión de un contrato que había firmado con otra empresa para la organización de un evento que se vio afectado por las restricciones impuestas por el gobierno debido a la pandemia.

La empresa demandante argumentó que las medidas sanitarias y la reducción de aforo en eventos públicos hicieron imposible llevar a cabo el evento tal y como estaba estipulado en el contrato, lo que supuso un desequilibrio económico para ellos. Por lo tanto, solicitó la aplicación de la cláusula ‘Rebus Sinc Stantibus’ para adaptar el contrato a la nueva realidad.

El juez, en su sentencia, estableció que las medidas sanitarias y económicas tomadas por el gobierno debían ser consideradas como un caso de fuerza mayor, impidiendo el cumplimiento de las obligaciones contractuales de ambas partes. Por lo tanto, decidió revisar el contrato y adaptarlo a las nuevas circunstancias, otorgando una compensación económica a la empresa demandante.

Aplicaciones futuras de la ‘Rebus Sinc Stantibus’

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid sienta un precedente importante para la aplicación de la ‘Rebus Sinc Stantibus’ en situaciones de fuerza mayor, como la pandemia de COVID-19. Esto supone un gran avance en la jurisprudencia española, ya que es la primera vez que se aplica esta figura en el contexto de una pandemia.

Se espera que esta sentencia sirva de referencia para futuros casos similares en los que los contratos se hayan visto afectados por la crisis sanitaria actual. Sin embargo, cada caso debe ser analizado de manera individual, teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada contrato y de cada empresa involucrada.

Nuestro análisis en el podcast

En su podcast, el abogado Ángel Seisdedos aborda en detalle la sentencia y su relevancia en la actualidad. Durante el programa, se discute cómo la ‘Rebus Sinc Stantibus’ puede ser una herramienta útil para adaptar los contratos a la situación actual y evitar posibles conflictos comerciales.

Además, se resaltan las implicaciones que esta sentencia puede tener en el futuro, tanto para empresas como para particulares, y se dan recomendaciones sobre cómo incluir cláusulas que contemplen situaciones de fuerza mayor en los contratos.

En conclusión, la primera sentencia que aplica la ‘Rebus Sinc Stantibus’ por la COVID-19 supone un avance en la jurisprudencia contractual en España en tiempos de pandemia. Se espera que esta figura sea utilizada en futuros casos para adaptar los contratos a la nueva realidad y mantener un equilibrio entre las partes involucradas. Además, es importante estar informados y tener en cuenta este precedente al momento de firmar un contrato en estos tiempos inciertos. No olvides escuchar el podcast del abogado Ángel Seisdedos para más información sobre este tema.

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Comentarios ( 6 )

  1. ¡Vaya, vaya! La Rebus Sinc Stantibus suena como una buena excusa para incumplir contratos. 🤔

    • Jazz De La Torre
      24/09/2023 en 1:37 AM

      ¡Vaya, vaya! Parece que alguien no está muy informado. La cláusula Rebus Sinc Stantibus es una herramienta legal válida para casos excepcionales, no una excusa para incumplir contratos. Antes de opinar, investiga un poco más. 😉

  2. ¡Vaya, vaya! ¿Rebus Sinc Stantibus? Suena a hechizo de Harry Potter, ¿no? 😂 #NuncaDejaránDeSorprenderme

  3. Qué buena noticia! La Rebus Sinc Stantibus debería aplicarse más en situaciones de crisis como el COVID-19.

  4. No entiendo ni la mitad de lo que están diciendo, pero suena a abogadecos complicados. ¡Prefiero ver Netflix!

    • Vaya, parece que no te interesa el tema. Aunque Netflix es genial, no subestimes la importancia de entender el mundo que nos rodea. Si te animas, puede ser interesante aprender algo nuevo. ¡Quién sabe, tal vez encuentres una serie legalmente emocionante!

  5. ¿En serio? ¿Quién se cree que es el juez para cambiar las reglas así? #PolémicaTotal

    • Vaya, parece que alguien está un poco molesto con la decisión del juez. A veces es difícil aceptar cambios, pero recuerda que los jueces están ahí para hacer cumplir la ley y tomar decisiones difíciles. ¿No crees que deberíamos confiar en su experiencia? #SoloOpiniones

  6. No entiendo nada de lo que están hablando, ¿alguien puede explicarme en español normal?

    • Si no entiendes, ¿por qué no buscas en lugar de pedir que te expliquen todo? No podemos adaptarnos a tu falta de comprensión. Educate y participa, en lugar de esperar que te lo den todo en bandeja de plata.

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